ie Consumo. Instituto de Estudios del Consumo

IeConsumo. Un equipo de profesionales Areas de Seguridad de Productos


LA OBLIGACIÓN GENERAL DE SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS

A fin de proteger su salud y su seguridad, la legislación comunitaria prevé que los productores están obligados a comercializar únicamente productos seguros. La Directiva 2001/95/CE precisa que por productor debe entenderse no sólo el que fabrica el producto, sino también:

  • el representante del fabricante cuando éste no esté establecido en la Comunidad,
  • el importador del producto cuando el representante no esté establecido en la Comunidad
  • los demás profesionales de la cadena de producción
  • el distribuidor.

Servicios que ofrecemos

  • Consultoría y asesoramiento sobre la normativa, interpretación de esta y gestión de la seguridad de productos
    • Real Decreto Seguridad de Productos
    • Directivas basadas en el nuevo enfoque y en el enfoque global
    • Red Rapex
  • Gestión de crisis
  • Trabajo activo para la seguridad de productos:
    • Toma de muestras
    • Análisis de productos
    • Elaboración de informes
    • Denuncias
    • Activación de retirada de productos



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